DIPLOMADO INTERNACIONAL DE GEOMÁTICA | |||||||
Nov. 2009 |
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Recurso de Opiniones Políticas, Estructura del Estado, Grabaciones de Reuniones, Programas Radiales Políticos y de Propuesta Gubernamental y Temas de Ingeniería y Cartografía.
DIPLOMADO INTERNACIONAL DE GEOMÁTICA | |||||||
Nov. 2009 |
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El 15 y 16 de octubre se reunirán en Lima delegaciones de los diferentessistemas de inversión pública de varios países latinoamericanos y del Caribe entre ellos, Argentina, Chile, México, Colombia y Brasil para intercambiar buenas prácticas e informar los últimos avances en gestión de la inversión pública. El Perú sólo tiene ocho años y medio, en Chile un sistema similar ya tiene casi 30 años de vigencia.
La inversión pública ha crecido en promedio 30% anual en los últimos cinco años. Los montos ejecutados de inversión pública llegaron a S/.13,000 millones en el 2008 y en el 2009 se espera llegar a S/.17,000 millones de inversión realizada. Al tercer trimestre el monto de proyectos que ha llegado a la etapa de viabilidad es de S/. 27,000 millones. La diferencia entre el monto aprobado y lo que se ejecutará cada año depende del período de maduración de los proyectos, que deben considerarse de manera multianual. En el Perú se planea potenciar la programación multianual de las inversiones y la evaluación de los programas, según informó Roger Díaz, director general de Programación Multianual del Sector Público de Ministerio de Economía y Finanzas.
Lima será sede del II Encuentro de los Sistemas Nacionales de Inversión Pública (SNIP) de América Latina y el Caribe 2009, que se desarrollará el 15 y 16 de octubre de este mes, informó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
La ceremonia inaugural estará a cargo del titular del MEF, Luis Carranza y será a las 8:30 horas en el hotel Los Delfines, ubicado en el distrito limeño de San Isidro.
En el primer día del evento participarán los máximos directivos de los sistemas de inversión pública de Chile, Colombia, Brasil, Argentina, México, Guatemala, El Salvador, Ecuador, Bolivia y República Dominicana, quienes debatirán las “Experiencias y retos de los SNIP en América Latina y el Caribe”.
Entre los especialistas internacionales figuran el experto en la evaluación social de proyectos, Arnold Harberger y el jefe de Políticas Presupuestarias y Gestión Pública del Instituto Latinoamericano de Planificación Económica y Social(ILPES), Ricardo Martner.
También el ex director de ILPES, Edgar Ortegón, la representante del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en el Perú, Ana María Rodriguez, el director del Banco Mundial para Bolivia, Ecuador, Perú y Venezuela, Felipe Jaramillo, y el ex ministro de Economía, Pedro Pablo Kuczynski.
Durante el segundo día del evento expondrán el director General del SNIP del Perú, Roger Díaz Alarcón, y el presidente de la región San Martín, César Villanueva, entre otros.
La clausura, programada para el viernes a horas 12:45 m, estará a cargo del presidente del Consejo de Ministros, Javier Velásquez Quesquén.
HUANCAYO | Fausto Prudenci Cuela
Hace unos días mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley promulgada el 20 de abril de 2001, que creó el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA. Su objetivo es identificar, prevenir, supervisar, controlar y corregir anticipadamente los impactos ambientales negativos de los proyectos de inversión, así como de las políticas, planes y programas públicos.
Con la aprobación de este Reglamento, el Estado peruano contará con un sistema integrado de evaluación de impacto ambiental, con criterios y procedimientos armonizados y transparentes a ser aplicado por el gobierno central, los gobiernos regionales y los municipios.
Pero ¿cuál es la definición de Evaluación de Impacto Ambiental?. Tiene varias acepciones, en Europa se la define como diferentes metodologías, procedimientos o herramientas, que se emplean por agentes públicos y privados en el campo de la Planificación y la Gestión Ambiental. En los EE.UU se utiliza para describir los impactos ambientales resultantes de los proyectos de ingeniería, de obras o actividades humanas de cualquier tipo. En nuestro medio se emplea para describir los impactos que pueden provenir de una determinada instalación a ser implantada, así como para designar el estudio de los impactos, que ocurrieron o están ocurriendo como consecuencia de una acción humana. Cada una de estas definiciones es correcta y cuenta con sus propias estrategias y actividades, así como sus metodologías y herramientas específicas.
El SEIA será empleado en proyectos de gran envergadura como los de minería o hidrocarburos hasta los más sencillos como los de la industria, pesquería, de servicios, entre otros, siempre en cuando puedan presentar impactos ambientales negativos.
Algunas características de este Reglamento es que a) Asegura el carácter transectorial del mismo y la debida coordinación en la administración, dirección y gestión del proceso de evaluación de impacto ambiental, b) Evita que el Plan de Manejo Ambiental y los estudios ambientales en general, se mantengan como instrumentos estáticos, rígidos e inaplicables a lo largo del proyecto de inversión incurso en el SEIA, c) Establece que el Plan de Manejo Ambiental, el Plan de Contingencias, el Plan de Relaciones Comunitarias, el Plan de Cierre o Abandono y otras partes del estudio ambiental, deben ser actualizados cada cinco (05) años del inicio de las actividades del proyecto de inversión, debiendo precisarse sus contenidos, así como las eventuales modificaciones de la Estrategia de Manejo Ambiental, d) Genera un beneficio directo para las empresas consultoras, pues a través del Registro de Entidades autorizadas para elaborar estudios ambientales que administrará el MINAM, se evitará la necesidad de obtener varios registros ante las distintas autoridades sectoriales, regionales y locales, con el ahorro consecuente de tiempo y recursos, e) En coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas aprobará disposiciones normativas para regular el manejo de los proyectos incursos en el Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicado este dispositivo, f) Este Reglamento se constituye en un instrumento preventivo y contribuye a hacer más eficiente la planificación y ejecución de planes y toma de decisiones en materia ambiental.
El SEIA debe ser utilizada por todas las autoridades competentes, para aprobar y emitir la certificación ambiental y contribuir a la mayor eficacia y eficiencia de las políticas, planes, programas y proyectos de inversión bajo los mandatos, criterios y procedimientos establecidos en la Ley, el Reglamento y las demás normas complementarias.
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